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Libros y documentos de a bordo

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dc.contributor.author Maldonado, Jorge Douglas
dc.date.accessioned 2019-09-17T20:16:23Z
dc.date.available 2019-09-17T20:16:23Z
dc.date.issued 1976-06
dc.identifier.uri https://hdl.handle.net/11185/4875
dc.description.abstract El nuevo ordenamiento legal de la navegación aérea incurre, a mi entender, en la misma laguna que existía en el Código derogado, en su art. 90. Se habla de libros de a bordo sin determinar, por lo menos, el o los indispensables. No debemos olvidar que muchas de las anotaciones a que se refiere el art. 85 ya mencionado deben merecer plena fe y deben registrarse sin que dejen la menor duda de su fidelidad. Bien es cierto que el mismo artículo ordena remitir copia autenticada a la autoridad competente. ¿Pero qué ocurriría en caso de impugnarse la copia? ¿De dónde surge la fe pública del registro hecho a bordo?
dc.format application/pdf
dc.format.extent 151-152
dc.language.iso spa
dc.publisher Universidad Nacional del Litoral
dc.rights Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)
dc.rights info:eu-repo/semantics/openAccess
dc.rights.uri http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.es
dc.source Universidad. 84 (1976) : 151-152
dc.subject Derecho
dc.title Libros y documentos de a bordo
dc.type info:eu-repo/semantics/article
dc.type info:ar-repo/semantics/artículo
dc.type info:eu-repo/semantics/publishedVersion
dc.subject.cdu 34
unl.orden 14


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Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0) Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)

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